En CFGS y CFGM:
En CFGB:
Entre el 10 y el 20% del número de RRA de los módulos asociados a estándares de competencia.
En primeros cursos entre el 10% y el 20% del número total de RRA de primer curso.
En segundos cursos entre el 10% y el 20% del número total de RRA de segundo curso. Aunque el alumnado tenga que realizar 500h se hará de la misma forma.
Preferentemente se llevan a la empresa los RA de módulos profesionales asociados a estándares de competencia y módulos optativos.
El tutor dual de la empresa calificará cada RRA del alumno en el Anexo IV como superado o no superado y valorará el grado de superación entre 1(no alcanza el RA) y 4 (alcanza el RA de manera sobresaliente).
El profesor de cada módulo formativo convertirá esas calificaciones de 1 a 4 a escala de 0 a 10 en según haya indicado en su programación.
Cuando se acredite una experiencia laboral de un año a tiempo completo o su equivalente. Se podrá aportar experiencia dentro de los últimos cinco años.
Se debe adjuntar:
El Departamento al que pertenezca el ciclo formativo será el encargado de decidir si procede la concesión o no de la exención total o parcial
El tutor en coordinación con el resto del equipo docente y de los tutores de las empresas decidirá en qué periodo se realiza el PFE teniendo en cuenta que:
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | |||||||||||||||||||
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| 1º curso | ||||||||||||||||||||||||
| 2º curso | ||||||||||||||||||||||||
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | |||||||||||||||||||
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| 1º curso | ||||||||||||||||||||||||
| 2º curso | ||||||||||||||||||||||||
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | |||||||||||||||||||
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| 1º curso | ||||||||||||||||||||||||
| 2º curso | ||||||||||||||||||||||||
Lo decide el equipo docente de forma colegiada durante la sesión de la 1º Evaluación o una reunión específica. Debe tener aprobado obligatoriamente el RA de PRL de IPE1. Si un alumno no va al PFE hay que reflejar en acta el motivo: RA indicado en alguna programación.
"El alumnado matriculado en primer curso en modalidad presencial ordinaria no realizará la fase de formación en la empresa, por alguno de los siguientes supuestos:
Durante el periodo que sus compañeros van a la empresa, deberá asistir a clase y los profesores le evaluarán los RRA que el resto del alumnado trabajará en la empresa. De aquellos módulos que no se manden RRA a la empresa, se realizarán actividades complementarias.
Si no realiza el PFE, pero pasa a segundo curso, tendrá que hacer las 500h en segundo curso y habrá que mandar a la empresa entre el 10% y el 20% del número de RRA de los módulos asociados a estándares de competencia de segundo curso.
De forma muy excepcional, la delegación provincial podrá autorizar la realización del periodo de formación en empresa en el centro educativo.
Podrá recuperarlos entre la 1º y la 2ª evaluación ordinaria. Superará o no cada módulo formativo en función de si tiene todos sus RRA superados.
Si es por causas sobrevenidas (enfermedad, cuidado de familiares, etc.) el equipo docente valorará la posibilidad de establecer un plan de formación en el centro educativo.
Cuando sea por causa imputable al alumno (faltas de asistencia, incumplimiento de normas, etc.): El centro educativo, podrá decidir, previo trámite de audiencia del interesado, el cese de la participación de un alumno en el periodo de formación en empresa. En estos casos, no se realizará ninguna nueva asignación de empresa.
¿Cómo se le evalúa en esta situación de los RRA que están asignados al PFE? La nota que haya asignado el tutor de la empresa en función del trabajo que haya desempeñado, el resto de RRA no superados en la empresa se podrán recuperar entre la 1ª y 2ª convocatoria.
El equipo docente tendrá que decidir entre:
Levantar acta de la reunión donde se decida.
El equipo docente tendrá que decidir entre:
Levantar acta de la reunión donde se decida.
Porque incluye las horas se que realizan en la empresa. En la programación deberemos programar nuestras actividades en base a las horas reales que vamos a impartir en el centro. El resto de horas se impartirán en la empresa indistintamente de que se lleven más o menos RRA a la empresa.
Deben ir todos los alumnos salvo causas debidamente justificadas (enfermedad, discapacidad, accidente, atención a familiares u otras).
La pérdida de la evaluación continua o la no superación de un número determinado de módulos/RRA no implica la imposibilidad de realizar el PFE.
En casos excepcionales se podría decidir que un alumno concreto no asista al PFE siempre que esté debidamente justificado, pero en casos concretos y bien justificados.
Deberá seguir asistiendo a clase de aquellos módulos en los que tenga RRA suspensos. No tendrá que ir a clase ni recuperar los RRA que se fueran a impartir/evaluar en la empresa.
En los módulos donde se hayan enviado RRA a la empresa, si el alumno ha aprobado el resto de RRA que se imparten en el centro, se le evaluará con su nota media indicando "superado parcial" en la evaluación. En el siguiente curso tendrá que matricularse de esos módulos y realizar el PFE para superarlos.
Podrá recuperarlos entre la 1º y la 2ª evaluación ordinaria. Superará o no cada módulo formativo si tiene todos sus RRA superados.
En este sentido hay que considerar si es mejor enviar RRA completos a la empresa o parte de ellos.
Si es por causa imputable a la empresa, hay que buscar una nueva empresa para el alumno.
Cuando sea por causa justificada (enfermedad, maternidad, etc.) si es posible se puede buscar otra empresa para que finalice el PFE. En caso de que no sea posible, en función de los RRA que haya podido trabajar en la empresa, el equipo docente decidirá entre:
Cuando sea por causa imputable al alumno (faltas de asistencia, incumplimiento de normas, etc.): El centro educativo, podrá decidir, previo trámite de audiencia del interesado, el cese de la participación de un alumno en el PFE. En estos casos, no se realizará ninguna nueva asignación de empresa.
Debe realizar 400h en la empresa. Se mandan a la empresa entre un 10 y un 20% de los RA de los módulos asociados a estándares de competencia que está cursando.
A decisión del equipo docente.
Cuando se hayan superado (o superado parcial) todos los módulos formativos el alumno se matriculará en un centro donde se imparta de forma presencial y realizará de forma simultánea las 500h del PFE y el Proyecto.
Una vez superados (o superados parcialmente) todos los módulos de primer curso, el alumno podría solicitar la realización de su primer PFE de entre 70 y 120h en el centro donde esté matriculado de módulos de segundo curso.
En las evaluaciones primera y segunda ordinaria, en los módulos asociados a estándares de competencia se tendrá que indicar "superados parcialmente" hasta que supere el PFE donde se cambiarán a "superados".
El profesor que imparta el módulo de Proyecto en segundo curso evaluará a estos alumnos estableciendo un plan de trabajo para los mismos a fin de evaluar todos los RRA del módulo de proyecto. La calificación final será la media ponderada de los RRA y se pondrá únicamente en el módulo en segundo curso.
Sí. En primer curso solicitando admisión. Una vez admitido y matriculado mantendrá los módulos aprobados.
Para poder matricularse de segundo curso deberá tener aprobados todos los módulos de primer curso a excepción del módulo Proyecto que lo cursará íntegramente en segundo curso. El profesor del módulo Proyecto de segundo curso le evaluará todos los RRA y pondrá la calificación únicamente en el módulo de segundo curso.
La calificación final en la 1º ordinaria debe ser la media ponderada de los RRA/CCE evaluados durante el curso. Si no ha realizado ninguna prueba de evaluación la nota mínima será de 1.
En la evaluación 2º ordinaria. Si el alumno no se presenta a la prueba final la calificación será automáticamente de RC (renuncia convocatoria).
Hasta 2 cursos más de la duración del mismo, es decir, en los ciclos de 2 cursos podrá permanecer hasta 4 cursos en total.
En modalidad virtual hasta 6 cursos de forma consecutiva.
Sí obligatoriamente en los primeros cursos de los CFGB y CFGM. En el resto de ciclos y cursos sólo si se estima conveniente.
A decisión del equipo docente, podrán promocionar aquellos alumnos cuya suma de horas suspensas no supere el 30% del total del curso y, además, no sean más de 3 módulos distintos. El tutor elaborará informe con la decisión adoptada y se reflejará en acta.
Si la suma de horas suspensas es inferior al 30%, a decisión del equipo docente, podrá no volver a cursar los módulos suspensos durante todo el curso, sino que se le evaluarán los módulos pendientes durante el primer trimestre del siguiente curso.
En este caso el alumno tiene que matricularse en el siguiente curso como alumno repetidor, aunque podrá titular al final del primer trimestre.
Cuando las ausencias superen el 25% de faltas no justificadas con respecto a las horas totales del módulo (incluyendo las horas que se imparten en la empresa). Se consideran justificadas las ausencias no voluntarias y sobrevenidas o que constituyan un deber legal inexcusable.
Los alumnos que pierdan el derecho a la evaluación continua, tendrán derecho a la realización de pruebas objetivas finales en las que se evaluarán todos los RRA del módulo formativo. Esta prueba se realizará antes de la primera y la segunda evaluación ordinaria.
En CFGB no se puede perder la evaluación continua.
En primer curso se evaluarán una parte de RRA, normalmente la mitad de ellos, y en segundo el resto de RRA. Habrá que indicar en la programación qué RRA se van a evaluar en primer curso y cuales en segundo curso.
La calificación en primer curso será la media ponderada de los RRA evaluados en ese curso. En segundo curso, la calificación será la media ponderada de todos los RRA del módulo, incluidos los RRA impartidos en primer curso (recordar que es un único módulo que se imparte a lo largo de dos cursos).
Superado: un módulo se considerará «superado» cuando el alumnado obtenga una calificación igual o superior a cinco puntos.
Superado parcial: un módulo tendrá la consideración de «superado parcial» cuando no se haya cursado la fase de formación en la empresa u organismo equiparado, habiendo cursado y superado los resultados de aprendizaje previstos en el centro educativo. Este estado se reflejará en las actas de evaluación ordinarias y no computará a efectos de convocatorias consumidas. Solo se aplica en módulos de la especialidad de segundo curso de presencial. En virtual se aplica a todos los módulos de la especialidad tanto en primero como en segundo.
No superado: un módulo se considera «no superado» cuando la calificación de este es inferior a cinco puntos.